Presentamos la Propuesta de Regulación para Plataformas Digitales de Servicios de Alojamiento
El Jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama, encabezó la presentación de la Propuesta de Regulación para Plataformas de Servicios de Alojamiento cuyo objetivo es dar certidumbre a plataformas digitales que ofrecen alojamiento temporal.
14 de noviembre del 2023
El Jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama, encabezó la presentación de la Propuesta de Regulación para Plataformas de Servicios de Alojamiento cuyo objetivo es dar certidumbre a plataformas digitales que ofrecen alojamiento temporal en inmuebles utilizados como casa-habitación, a quienes los ofertan y a los usuarios; reglamentar su operación y combatir la competencia desigual con el sector hotelero.
El director general de Gobierno Digital de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), Eduardo Clark, explicó que la Reforma a la Ley de Turismo del Distrito Federal busca cumplir con nueve puntos; comenzar a regular el sector de oferta de inmuebles de uso habitacional para uso turístico a través de plataformas digitales, contar con un Padrón de Anfitriones, dar certidumbre jurídica tanto a los oferentes de estos inmuebles como a quienes los usan, eliminar la existencia de hoteles sin permiso de operación que no cumplen con la normatividad aplicable, incentivar la oferta de vivienda en renta a mediano y largo plazo, evitar la mercantilización masiva de inmuebles para ofertar en plataformas digitales, proporcionar a los vecinos información sobre los inmuebles que son ocupados para servicios turísticos en plataformas digitales que les permita constatar que cumplen con la normatividad; y el noveno, sentar las bases para futura regulación del sector basada en evidencia e información oportuna y confiable.
Las plataformas digitales deberán registrarse en el Padrón de Plataformas Tecnológicas autorizadas para operar en la Ciudad de México y refrendar su registro de manera anual vía digital; requerir la constancia y el folio de registro en el Padrón de Anfitriones de la Ciudad de México, mostrar dentro de los anuncios la constancia y el folio de registro en el Padrón de Anfitriones y proporcionar un reporte semestral a la Secretaría de Turismo, de la estadística de uso y ocupación, para cotejar con el padrón individual.
Para el registro al Padrón de Anfitriones, los oferentes deberán realizar el pago de derechos que quedarán establecidos posteriormente en la reglamentación secundaria.